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Abren expediente al Reggaeton Beach Festival, en San Pedro, por no admitir comida de fuera

El Ministerio de Consumo ha abierto expediente sancionador a la empresa organizadora del Reggaeton Beach Festival, en San Pedro, por impedir el acceso con comida y bebida, no admitir pagos en efectivo y quedarse con parte del sobrante de sus pulseras monedero.
Consumo incoa el expediente, que incluye multas que pueden alcanzar el millón de euros, tras una denuncia de la asociación de consumidores FACUA contra la organización de este certamen musical, que se celebró en Marbella los pasados 8 y 9 de julio y tiene eventos programados en otras ciudades como Benidorm, Torrevieja, Mallorca o Tenerife.
La empresa organizadora, DQG Norte, incluye como cláusula obligatoria la prohibición expresa de entrada al recinto del festival con comida o bebida del exterior, por lo que pueden los asistentes ser registrados y, en su caso, denegarles la entrada por este motivo, ha informado FACUA este miércoles.
Esto se traduce en que cada uno de los festivales admite el acceso con determinada comida y bebida -botella de agua pequeña, pieza de fruta, sándwich o snack precintado- y se indica adicionalmente en otro apartado que no se aceptarán bocadillos o comida casera precintados con papel de plata o film, según FACUA.
La asociación denunció ante las autoridades autonómicas de protección a los consumidores, pero, dado que las irregularidades tienen lugar en distintas comunidades, el Ministerio de Consumo ha asumido el caso y está investigando también otras prácticas denunciadas por la entidad en relación con este festival que impone un sistema de pago mediante pulseras monedero, precisan.
Además, en él no se admiten los pagos en efectivo y no se devuelve ni se reembolsa la cantidad sobrante de las pulseras monedero por debajo de los dos euros debido a los gastos de gestión, que ascienden a 1,50 euros.
Las sanciones previstas para estas actuaciones pueden llegar a considerarse como infracciones graves o muy graves y sancionarse con multas de entre 10.001 y 100.000 euros, en el caso de las graves, y de entre 100.001 y un millón de euros, en el caso de las muy graves.
Si, además, el beneficio obtenido por las prácticas infractoras superara dichas cantidades, las sanciones que se impongan podrían alcanzar hasta entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido para las infracciones graves y entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido para las muy graves, recuerda FACUA