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Parrado Asesores logra que el TSJA repita un juicio que condenaba a una empresa malagueña por cesión ilegal de trabajadores

El despacho de abogados Parrado Asesores ha logrado una sentencia a favor en el TSJA (Tribunal Superior de Justicia de Andalucía) que obliga a repetir un juicio que condenaba a una empresa malagueña por cesión ilegal de trabajadores. Una conducta ilegal en el mercado laboral, conocida también como grupo de empresas o tráfico prohibido de trabajadores; que el Juzgado de lo Social número de 6 de Málaga atribuyó a una firma de la capital de la Costa del Sol, a raíz de la demanda laboral de un trabajador, y en la que muchos indicios apuntan que no cometió. 

Parrado Asesores logra de esta forma que se repita el juicio, al no haberse procesado bien las notificaciones a las partes implicadas; impidiendo las comparecencias de las mismas. Y por tanto el derecho a una tutela judicial efectiva de las empresas demandadas. La parte demandante incluyó en su alegato a tres empresas, la que cedía las instalaciones, El Corte Inglés, la que contrataba los servicios y la que; efectivamente, ejecutaba las labores de lavado de coches. En ninguno de los tres casos se notificó de forma correcta las direcciones fiscales ni postales dadas de alta; o cualquier otro domicilio habitual que estuviera en la documentación laboral del trabajador.  

Cesión ilegal de trabajadores

“Con este tipo de sentencias, muy trabajadas por tener que acudir a varias instancias, incluida la más importante en la comunidad, se expone que no todo tipo de pretensión laboral es válida si los procesos no se llevan a cabo correctamente. Y que el hecho de que haya varias empresas implicadas en una contratación laboral no conlleva que haya una cesión ilegal de trabajadores entre dichas empresas”, comentan los profesionales que han llevado el caso en el despacho de abogados Parrado Asesores. 

Con la repetición del juicio ya expone la más alta instancia judicial de Andalucía que hay indicios de que no hay grupo de empresas implicado en un tráfico prohibido de trabajadores. Y que, no por prestar servicios en unas determinadas instalaciones o bajo una marca, se está trabajando para ella o se tiene los mismos derechos que su plantilla.  Con el juicio ya reiniciado, las notificaciones tendrán que ser llevadas a cabo de forma correcta, para que todas las partes puedan comparecer y exponer los argumentos en este proceso laboral. 

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